PIS y COFINS: Cómo calcular las aportaciones en 2026
El PIS (Programa de Integración Social) y el COFINS (Contribución para el Financiamiento de la Seguridad Social) son dos contribuciones federales que afectan los ingresos de las empresas y que, en la práctica, impactan directamente el precio de los productos y servicios en Brasil. Juntos, representan una de las mayores cargas tributarias sobre los ingresos de las empresas, y comprenderlos es esencial para cualquier empresario, contador o gerente financiero.
Utilice nuestra Calculadora PIS/COFINS para calcular automáticamente.
¿Qué son PIS y COFINS?
PIS (Programa de Integración Social) es una contribución social establecida por la Ley Complementaria 7/1970, destinada a financiar el seguro de desempleo y las bonificaciones salariales de los trabajadores de bajos ingresos.
COFINS (Cotización para la Financiación de la Seguridad Social) es una contribución establecida por la Ley Complementaria 70/1991, destinada a la financiación de la seguridad social (pensión, salud y asistencia social).
Ambos afectan la facturación bruta o los ingresos brutos de las personas jurídicas, con tasas y regímenes que varían según el marco fiscal de la empresa.
Dos regímenes: acumulativo versus no acumulativo
La principal distinción a la hora de calcular el PIS/COFINS es el régimen fiscal de la empresa:
Régimen acumulativo
Quién lo utiliza: Empresas incluidas en los regímenes de Beneficio Presunto o simplificado (excepto Simples Nacional, que tiene sus propias reglas).
| Contribución | Tasa impositiva |
|---|---|
| PIS | 0,65% |
| COFINES | 3,00% |
| Total PIS + COFINS | 3,65% |
Cómo funciona: Se gravan directamente sobre los ingresos brutos, sin descuentos en los créditos (de ahí el nombre de "acumulativo": el impuesto se acumula en cada etapa de la cadena de producción).
Cálculo: Extremadamente simple.
PIS = Ingresos brutos × 0,65%
COFINS = Ingresos brutos × 3,00%
Régimen no acumulativo
Quién lo utiliza: Empresas incluidas en Beneficio Real.
| Contribución | Tasa impositiva |
|---|---|
| PIS | 1,65% |
| COFINES | 7,60% |
| Total PIS + COFINS | 9,25% |
Cómo funciona: Las tarifas son más altas, pero la empresa tiene derecho a rebajar los créditos PIS/COFINS pagados en etapas anteriores de la cadena (compras de insumos, materias primas, electricidad, etc.). El objetivo es gravar únicamente el valor añadido.
Cálculo:
PIS vencido = (Ingresos brutos × 1,65%) − Créditos PIS
COFINS Vencido = (Ingresos Brutos × 7.60%) − Créditos COFINS
Ejemplos prácticos comparativos
Escenario: Empresa con facturación bruta de $ 500.000/mes
Régimen Acumulado (Beneficio Presunto)
PIS = R$ 500.000 × 0,65% = R$ 3.250,00
COFINS = R$ 500.000 × 3,00% = R$ 15.000,00
Total PIS + COFINS = R$ 18.250,00
Régimen No Acumulable (Beneficio Real) — sin créditos
PIS = R$ 500.000 × 1,65% = R$ 8.250,00
COFINS = R$ 500.000 × 7,60% = R$ 38.000,00
Total bruto = R$ 46.250,00
Régimen No Acumulable — con créditos de $ 200.000 en compras
Crédito PIS = R$ 200.000 × 1,65% = R$ 3.300,00
Crédito COFINS = R$ 200.000 × 7,60% = R$ 15.200,00
PIS Devido = R$ 8.250 − R$ 3.300 = R$ 4.950,00
COFINS Devida = R$ 38.000 − R$ 15.200 = R$ 22.800,00
Total Devido = R$ 27.750,00
En este escenario, a pesar de las tarifas más altas, el régimen no acumulativo generó un costo de $ 27.750 — maior que o cumulativo ($ 18.250). Esto ilustra que los créditos no acumulativos son más ventajosos sólo cuando los créditos son elevados.
¿Qué gastos generan crédito en el régimen no acumulativo?
Los gastos que generan crédito PIS/COFINS se enumeran en las Leyes 10.637/2002 y 10.833/2003:
| Gasto | ¿Generar crédito? |
|---|---|
| Compra de bienes para reventa | ✅ Sí |
| Insumos en la producción de bienes/servicios | ✅ Sí |
| Energía eléctrica y térmica consumida | ✅ Sí |
| Alquiler de edificios, maquinaria y equipos | ✅ Sí |
| Depreciación de máquinas y edificios | ✅ Sí |
| Almacenamiento y transporte en operaciones de venta | ✅ Sí |
| Bienes adquiridos para activos fijos | ✅ Sí (parcial) |
| Salarios y cargas laborales | ❌ No |
| Gastos financieros | ❌ No (por regla general) |
| Servicios prestados por PF | ❌ No |
| Gastos administrativos generales | ❌ No |
PIS/COFINS en Simples Nacional
Las empresas que optan por el Simples Nacional tienen PIS y COFINS ya incluidos en el DAS (Documento de Recaudación del Simples Nacional). Las tarifas se calculan automáticamente en base a los ingresos acumulados de los últimos 12 meses, según los Anexos Simples.
En el Simples Nacional, el PIS y el COFINS no se calculan por separado — forman parte de la tarifa única del Simples. No hay derecho a créditos PIS/COFINS para las empresas Simples.
Las tasas efectivas totales de Simples varían de:
- Comercio: 4% a 11,61% (tabla general)
- Industria: 4,5% a 12,11%
- Servicios: 6% a 33% (según Anexo)
PIS/COFINS sobre Importaciones
Para los productos importados existe una incidencia separada:
| PIS-Importación | COFINS-Importación | |
|---|---|---|
| Tasa impositiva estándar sobre mercancías | 2,10% | 9,65% |
| Tarifa de servicio estándar | 1,65% | 7,60% |
La base de cálculo es el valor en aduana más el ICMS y las propias contribuciones (cálculo "interno").
Cuadro Comparativo de Regímenes Tributarios y PIS/COFINS
| Régimen | PIS | COFINES | Totales | ¿Créditos? |
|---|---|---|---|---|
| Simples Nacionales | Incluido en DAS | Incluido en DAS | — | No |
| Beneficio presunto | 0,65% | 3,00% | 3,65% | No |
| Beneficio real | 1,65% | 7,60% | 9,25% | Sí |
| MEI | Exento | Exento | 0% | No |
Sectores con Regímenes Especiales PIS/COFINS
Algunos sectores tienen diferentes regímenes por ley:
- Combustibles: Régimen monofásico (concentrado en el productor/importador, exento en las siguientes etapas)
- Medicamentos: Régimen monofásico con tarifas específicas
- Bebidas: Régimen de sustitución de impuestos
- Entidades financieras: Tasas específicas (4% PIS + 4% COFINS = 4,65% sobre ingresos)
- Construcción civil: Crédito especial en materiales incorporados a la obra
Errores comunes al calcular PIS/COFINS
Aplicar las tasas no acumulativas sobre la Ganancia Presunta: La Ganancia Presunta deberá utilizar el régimen acumulativo (0,65% + 3%).
Incluir ingresos exentos en la base de cálculo: Las exportaciones, los ingresos financieros (en algunos casos) y los ingresos por servicios específicos pueden estar exentos o tener tasa cero.
Aprovecharse de créditos indebidos: Los salarios, por ejemplo, no generan crédito PIS/COFINS, aunque sean un costo de la operación.
Sin control de créditos acumulados: Los créditos que excedan la deuda mensual pueden compensarse con otros impuestos federales o solicitudes de reembolso en efectivo al Servicio de Impuestos Federales.
Confundir con ISS: El ISS (Impuesto sobre Servicios) es municipal y está separado del PIS/COFINS. Las empresas de servicios pagan ambos sobre los ingresos.
Preguntas frecuentes (FAQ)
1. ¿Qué son PIS y COFINS en la factura/NF?
PIS y COFINS son contribuciones federales sobre los ingresos de la empresa vendedora. Aunque están incluidos en el precio del producto o servicio, son responsabilidad de la entidad jurídica que emite la factura, no del comprador individual. El comprador individual no paga PIS/COFINS directamente, sino que lo soporta indirectamente a través de los precios.
2. ¿Cuál es la diferencia entre PIS/COFINS acumulativo y no acumulativo?
En el régimen acumulativo (Beneficio Presunto), las tasas son más bajas (0,65% + 3% = 3,65%), pero no hay descuento en los créditos: el impuesto se acumula en cada etapa de la cadena. En no acumulativo (Beneficio Real), las tasas son más altas (1,65% + 7,60% = 9,25%), pero la empresa puede deducir créditos por compras e insumos, gravando sólo el valor agregado.
3. ¿MEI paga PIS y COFINS?
No. Los Microempresarios Individuales (MEI) están exentos del PIS y COFINS. MEI sólo cobra un monto fijo mensual a través del SIMEI, que cubre INSS, ISS (si servicios) y/o ICMS (si comercio/industria).
4. ¿Puedo solicitar un reembolso de los créditos PIS/COFINS acumulados?
Sí. Las empresas del régimen no acumulativo con saldo acreedor acumulado pueden solicitar reembolso en efectivo al Servicio de Rentas Federales vía PER/DCOMP, o compensar con otros impuestos federales (IRPJ, CSLL, IRRF, etc.). El proceso puede llevar mucho tiempo, pero es un derecho garantizado por la ley.
5. ¿Las exportaciones pagan PIS y COFINS?
No. Las exportaciones de bienes y servicios son inmunes al PIS y COFINS: las tasas son cero por determinación constitucional. Las empresas exportadoras acumulan créditos PIS/COFINS relacionados con la compra de insumos para la producción de bienes exportados, que pueden ser reembolsados.
6. ¿Cómo impacta PIS/COFINS en el precio final para el consumidor?
PIS/COFINS se incorpora al precio de venta. En beneficio presunto, la empresa normalmente traspasa el 3,65% del precio como PIS/COFINS. En no acumulativo, el costo real depende del margen de valor agregado. El efecto cascada del régimen acumulativo tiende a aumentar aún más los precios en las largas cadenas de producción.
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